Acceso a la Justicia: La normativa de Ipostel es inconstitucional

Acceso a la Justicia: La normativa de Ipostel es inconstitucional

La administración de Nicolás Maduro oficializó una nueva providencia, difundida este lunes en medios locales, que regula el servicio de entregas a domicilio y crea un importe del 1 % sobre todas las encomiendas que se concreten a través de aplicaciones digitales.

La normativa es inconstitucional, ya que impide que las personas puedan realizar libremente una actividad económica privada de su preferencia, como es la de reparto a domicilio, mejor conocida como “delivery”. La providencia al ser un acto administrativo (decisión de rango sublegal) del Ejecutivo viola el principio de la reserva legal, al limitar el ejercicio de la libertad económica (art. 112 CRBV), materia que le corresponde regular al Poder Legislativo.





El incumplimiento del principio de la reserva legal establecido en la CRBV, implica una invasión de las funciones legislativas de la Asamblea Nacional (AN), dado que este es el órgano encargado de regular el ejercicio de los derechos (art. 156.32). La providencia también viola el principio de legalidad penal (49.6 CRBV), cuyo texto indica que ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.

El Gobierno busca asfixiar aún más la libertad económica de las personas, al exigir en esta ocasión la celebración de un contrato de concesión con IPOSTEL, bajo la excusa de que el reparto a domicilio es un ‘servicio público.