Abraham Sequeda: Gestión del medicamento. Ética, salud y eficiencia

Las organizaciones, empresas privadas o instituciones públicas que están relacionadas directa o indirectamente con los servicios de salud, muy especialmente con la comercialización, distribución y dispensación de medicamentos, deben tener siempre presente el tipo de producto con el que están trabajando y para qué sirve.

Los medicamentos no son cualquier producto; los establecimientos farmacéuticos dedicados a su producción, almacenamiento, distribución y dispensación, además de la documentación para la conformación de la persona jurídica, deben cumplir con rigurosos permisos sanitarios para el funcionamiento y en cuanto al medicamento en sí mismo su autorización de comercialización.

En Venezuela, las alternativas y condicionantes para recibir atención médica, más el acceso a los medicamentos deja mucho que desear. El acceso al medicamento no solamente se circunscribe a los precios, sino que va hacia la diversidad de fármacos, las indicaciones, formas farmacéuticas y vía de administración.





Lo anterior se refleja a través de un fenómeno que determinamos, según el cual la terapia del dolor es la que arroja mayor demanda, en un mercado que tiende a llenarse de medicamentos conocidos, de calidad dudosa y por si fuera poco, la tradicional mala práctica de las instituciones públicas de distribuir medicamentos que ya cumplieron con el período de validez; es decir, vencidos.

Como medicamento también se incluyen las vacunas, sobre las cuales hemos sido testigo de toda una discusión mundial como consecuencia de la pandemia; su particular cadena de frío y su función de prevenir enfermedades infecciosas, han estado ausentes en los esquemas de vacunación a propósito también de la “Jornada de Vacunación de las Américas”.

Cuando pensamos en un sistema sanitario eficiente, involucra también la gestión del medicamento, pero no me refiero precisamente a la ineficiencia socialista, que en el marco de planes asistencialistas, distribuyen medicamentos vencidos y cuya responsabilidad no recae solamente en farmacéuticos o médicos, sino en cualquier profesional, técnico, funcionario, que incumpla este principio.

¿Y cuál es este principio?: es el de prevenir el daño, eliminarlo o hacer el bien a otros; en otras palabras el principio de beneficencia. En este sentido los ilícitos relacionados con productos adulterados y falsificados, los que tienen que ver con el expendio y distribución de medicamentos vencidos están identificados como “Delitos contra la Salud Pública” según la Ley de Medicamentos vigente en Venezuela.