TSJ de Maduro dictó medidas cautelares contra representantes del CNU designados por la AN

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Vista del edificio del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en Caracas. EFE/Raúl Martínez

 

El Tribunal Supremo (TSJ), bajo las órdenes del régimen de Nicolás Maduro, dictó arbitrariamente una serie de medidas cautelares contra Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell, representantes elegidos por la Asamblea Nacional ante el Consejo Nacional de Universidades (CNU).

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Puede consultar la decisión arbitraria de la Sala Constitucional a continuación:

DECISIÓN

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:

1.- LA NULIDAD ABSOLUTA y CARENCIA DE EFECTOS JURÍDICOS de la designación del nombramiento de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO ALBUJAS DORTA Y MANUEL RACHADELL SÁNCHEZ como representantes ante el Consejo Nacional de Universidades (CNU), por colidir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados supra.

2.- Se dictan MEDIDAS CAUTELARES de prohibición de salida del País de los ciudadanos Miguel Eduardo Albujas y Manuel Leopoldo Rachadell; prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes propiedad de los referidos ciudadanos; bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias y/o cualquier otro instrumento en el sistema financiero, de los prenombrados ciudadanos.

3.-SE EXHORTA al Ministerio Público para que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley.

4.- ORDENA la notificación al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, para su consideración y toma de decisiones pertinentes, del pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia contenido en la presente sentencia.

5.- RATIFICA que cualquier actuación de la Asamblea Nacional y de cualquier órgano o individuo en contra de lo aquí decidido será nula y carente de toda validez y eficacia jurídica, sin menoscabo de la responsabilidad a que hubiere lugar.

6.- Se ACUERDA agregar copia certificada del presente fallo en el expediente de esta Sala N° 2019-1170.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Sala Constitucional se pron… by La Patilla on Scribd