CIDH: Venezuela debe proporcionar la atención médica necesaria a Kamel Salame

CIDH: Venezuela debe proporcionar la atención médica necesaria a Kamel Salame

Foto archivo
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó este jueves 21 que otorgó medida cautelar a favor del preso políticoKamel Salame Ajami, cuya vida e integridad personal el organismo considera están “en riesgo”. “La CIDH pide a Venezuela proteger a Kamel Salame Ajami quien se encontraría en una situación de gravedad y urgencia con riesgo de daño irreparable. Medida Cautelar 58-16, señaló el ente en un comunicado.

En consecuencia, la CIDH, un órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), solicitó al Estado venezolano que “adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal” del político y empresario yaracuyano, a quien “Venezuela debe proporcionar la atención médica necesaria, por la situación de alta vulnerabilidad en la que se encuentra”, informó el abogado José Luis Centeno, quien solicitó la medida en el mes de febrero en la sede del organismo en Washington.

Tras el otorgamiento de la medida cautelar por la CIDH al preso político Kamel Salame Ajami, Centeno aseguró este lunes que “después de tres años solicitando una medida humanitaria por razones de salud se demostró que la defensa tenía razón en torno a su notable deterioro físico, no obstante la Jueza Mary Carmen Amarista persiste en negarla, al punto que en medio de irregularidades procesales recurrió a un Juez Temporal para seguir postergando injustificadamente el tratamiento médico quirúrgico y de rehabilitación prescrito por no menos de diecisiete expertos forenses y médicos especialistas”.





De conformidad con el artículo 106 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorga medidas cautelares en situaciones que son graves y urgentes, y en las cuales tales medidas son necesarias para prevenir un daño irreparable a las personas beneficiarias. “Resultando irónico que el mismo día en que la CIDH anunciaba el otorgamiento de la Medida Cautelar 58-16 a Kamel Salame Ajami, el Tribunal Supremo de Justicia, mediante la Sentencia Nº 108 de la Sala de Casación Penal le negaba una vez más la medida humanitaria que por razones de salud recomendó al Tribunal de la causa el Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, desatendida igualmente por el Magistrado Maikel Moreno y su par, Juan Luis Ibarra Verenzuela”.

En la medida cautelar, admitida y remitida el mismo día, 15 de abril de 2016, al abogado José Luis Centeno por Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta de ese organismo, se asegura “que el beneficiario, quien se encuentra privado de su libertad, no estaría recibiendo el tratamiento médico que requiere, a pesar de la gravedad de sus patologías”.