“Ley del Primer Empleo debe estimular la contratación no imponerla”

“Ley del Primer Empleo debe estimular la contratación no imponerla”

Foto Archivo
Foto Archivo

Para el experto laboral Jair De Freitas De Jesús, con independencia de quién tuvo la iniciativa, la tasa de desempleo juvenil es un indicador de peso que por sí solo requiere de examen, discusión y propuestas de cara a la aprobación de una Ley del Primer Empleo.

El debate de una futura Ley del Primer Empleo no se puede centrar en torno a quién se le ocurrió primero que había que legislar sobre la materia, sino en el reto de cómo crear oportunidades reales de inserción laboral para los jóvenes en un contexto demográfico particular y en un país que restringe el emprendimiento, genera excesivas cargas laborales y de seguridad social y además sostiene un esquema inflexible de relaciones de trabajo.

A su juicio la Ley del Primer Empleo debe estimular la contratación primigenia y no imponerla. Sobre este particular sostiene que “La contratación de jóvenes debe procurarse con incentivos, beneficios y prerrogativas al patrono. Si en vez de eso se obliga a contratar empleo joven, estaríamos metiéndole más peso a un barco que se hunde”.





Respecto de la viabilidad de la Ley apuntó que: “Es absurdo que cataloguen de imposible el Proyecto de Ley si aun nadie ha tenido acceso a su contenido. Si en algún momento tiene sentido hablar de una Ley del Primer Empleo es precisamente cuando el desempleo juvenil duplica la tasa de desempleo general”. Destacó.
Sin embargo, alertó el también profesor universitario que no conviene llamarse a engaños: “El Ejecutivo Nacional sufre una crisis de popularidad, así que luce elocuente que esté buscando con desespero el apoyo político juvenil. Por eso preocupa mucho que en el anuncio se diga que la Ley estará enmarcada en un concepto socialista, ya que se corre el riesgo que el empleo joven sea impuesto y no estimulado y por tanto esto se convierta en una obligación porcentual más que cumplir y con sanciones en unidades tributarias o revocatorias de solvencias laborales en caso de incumplimiento”. Prensa Venezuela Veraz