Establecen requisitos para tramitación de la Factibilidad Socio-Técnica y Conformidad Turística

Establecen requisitos para tramitación de la Factibilidad Socio-Técnica y Conformidad Turística

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Mediante la Resolución N° 013, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.413 que circula este lunes son establecidos los requisitos técnicos y legales para la tramitación de la Factibilidad Socio-Técnica y Conformidad Turística en todo el territorio nacional. noticierolegal.com

Esta Resolución tiene por objeto establecer los requisitos técnicos y legales para la tramitación de la Factibilidad Socio-técnica y Conformidad Turística en todo el territorio nacional.





Asimismo, regulará las condiciones y mecanismos de evaluación y financiamiento referente a los Beneficiarios Especiales previstos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, con el propósito de que cuenten con el acompañamiento y la tutela del Ministerio y otros entes gubernamentales, en el desarrollo del proyecto turístico.

La Factibilidad Socio-Técnica contemplada en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo, se otorga por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, previa evaluación por parte de la Dirección General de Proyectos Turísticos de este Ministerio, para propuestas de inversión turística de:

1. Construcción, ampliación, remodelación, equipamiento y dotación de establecimientos turísticos.

2. Adquisición, construcción, ampliación, remodelación, equipamiento y dotación de bienes inmuebles con fines turísticos (terrenos, edificaciones nuevas, iniciadas o por culminar, y equipos fijos)

3. Adquisición de unidades de transporte turístico.

4. Adquisición, equipamiento y dotación de bienes muebles destinados a uso turístico, actividades recreativas y equipos móviles o instrumentos en apoyo de la actividad turística.

La Conformidad Turística contemplada en la Ley de Crédito para el Sector Turismo, se otorga a los prestadores de servicios turísticos, previa evaluación por parte de la Dirección General de Proyectos Turísticos de este Ministerio, en los casos de:

1. Adquisición de inmuebles turísticos.

2. Adquisición, remodelación, dotación y equipamiento de establecimientos turísticos.

3. Adquisición, equipamiento y dotación de bienes muebles destinados a uso turístico, actividades recreativas y equipos móviles o instrumentos en apoyo de la actividad turística.

4. Reparación, dotación y equipamiento de unidades de transporte turístico.

5. Reparación de instrumentos, dispositivos e insumos para los servicios de recreación, seguridad, socorro y salvamento acuático, aéreo y terrestre para los turistas.

Esta Resolución deroga las Resoluciones 031 y 085 de fechas 25 de mayo de 2012 y 29 de agosto de 2013 respectivamente, publicadas en la Gaceta Oficial Nros 39.939 y 40.243 de fechas 7 de junio de 2012 y 4 de septiembre de 2013 respectivamente.