Exonerados del pago del IVA bienes de producción, manufactura y vivienda

El Gobierno Nacional exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de una serie de bienes de capital (necesarios para la producción industrial), de informática y telecomunicaciones, sus partes, piezas y accesorios así como para la manufactura y vivienda.

También se establece la aplicación de una alícuota de 2% ó 0% como arancel de aduana para esta serie de bienes, los cuales serán administrados por el ministerio de Industrias.





Esta medida entró en vigencia tras la publicación del decreto presidencial No 694 en la Gaceta Oficial No 40.337 correspondiente al 20 de enero que circuló este martes.

El listado incluye 1.925 códigos arancelarios correspondiente a bienes relacionados con el sector industrial y productivo así como 269 correspondientes a bienes muebles destinados a la industria manufacturera y de la construcción.

El decreto establece que para obtener el beneficio de exoneración de estos bienes las personas naturales y jurídicas deberán solicitar la emisión de un certificado de No Producción ante el ministerio de Industria (mediante un formato electrónico), donde se aclara que el uso y destino de estos bienes corresponde con los objetivos de desarrollo del país.

“Cumplidos los requisitos exigidos a los solicitantes, el ministerio de Industrias, evaluará la referida solicitud y emitirá el pronunciamiento correspondiente, dentro de los 20 días hábiles siguientes”, agrega el decreto.

Aquellos que incumplan algunas condiciones asignadas perderán el beneficio de exoneración.

También se realizará una evaluación anual de este plan de exoneración de bienes de capital por parte de los ministerios de Finanzas e Industrias, quienes son los encargados de la aplicación de este decreto.

AVN